Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 245

                                                    Del 03 de mayo al 09 de junio del 2024.  

 

Entre cloacas viven habitantes del barrio El Paraíso en Táchira

Cloacas, calles colapsadas, viviendas ladeadas con sus paredes a punto de desplomarse, la total desidia gubernamental es el panorama que rodea a las familias que habitan en el barrio El Paraíso de San Cristóbal, estado Táchira[1].

Esta situación la vienen padeciendo por años estas familias y, a pesar de que han pedido apoyo a las autoridades gubernamentales ante el colapso del sistema de cloacas y las filtraciones que caen sobre sus terrenos, no han sido escuchados[2].

Pedro Carrillo, vecino del sector, dijo que las aguas servidas y las aguas pluviales no tienen un buen drenaje y llegan al barrio ocasionando daños en calles y viviendas[3].

Directivos de algunos organismos han visitado el barrio El Paraíso y detallado la situación. Diosdado Cabello, en el 2009, les visitó y marcaron casas y les prometieron sacarlos de ahí, pero en ningún momento se cumplió, dijo Carrillo[4].

Contó el afectado que los habitantes del barrio compran cemento para reparar las grietas de sus viviendas, pero al pasar un año nuevamente vuelven a agrietarse, hay varias casas que no están habitables. “¿Pero para donde va la gente sino tienen para dónde ir?”. Se preguntó[5].

Por su parte Apolonio Suescum, dijo que todos los postes del barrio están a punto de colapsar por esa situación y teme por los daños que pueda ocasionar el cableado eléctrico al caer sobre casas o la misma gente[6].

El ODH-ULA hace un llamado al gobierno tachirense para que dé cumplimiento al artículo 82 constitucional que señala el derecho que tienen toda persona a: “una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias”[7].

 

Cortes eléctricos afectan el avance académico de cientos de estudiantes de Farmacia y Bioanálisis

Desde hace casi tres años los estudiantes de la Facultad de Farmacia y Bioanálisis de la Universidad de Los Andes están siendo afectados en el avance de sus prácticas de laboratorio debido a los continuos cortes eléctricos[8].

El director de la Escuela de Farmacia de la Facultad de Farmacia y Bioanálisis de la ULA, profesor Robert Lobatón, dijo que el más afectado es el edificio de Microbiología en el que los estudiantes de las carreras de Farmacia y de Bioanálisis se organizan por grupos para realizar las prácticas de materias como Parasitología, Micología, Bacteriología e Inmunología[9].

Dijo Lobatón que los estudiantes para las prácticas deben utilizar autoclaves, microscopios y otros equipos que requieren de la energía eléctrica para funcionar[10].

Las practicas son coordinadas por grupos una vez a la semana para que los cientos de estudiantes puedan tener acceso a los equipos y también al material con el que realizan esas prácticas, y si se les va la luz, ese equipo pierde su práctica y también el material preparado para la misma, explicó Lobatón[11].

Esta situación ha traído como consecuencia que los semestres se alarguen y los estudiantes se retrasen en la culminación de sus carreras[12].

Se le ha enviado varias comunicaciones a Corpoelec solicitando que los cortes eléctricos los realicen en ese sector después de las 5 pm, una vez que los estudiantes ya hayan terminado sus clases, o que se incluya el edificio de Microbiología y el área de galpones de esa facultad en el circuito eléctrico del Hospital Universitario de Los Andes, pero no ha habido respuesta alguna, finalizó Lobatón[13].

El ODH-ULA exhorta al gobierno regional a dar respuesta a la solicitud realizada por los cientos de estudiantes de la Facultad de Farmacia y Bioanálisis de la ULA y dar cumplimiento al artículo 103 constitucional[14].

 

Magisterio de Mérida exige firma de la III Convención Colectiva

La Coalición Intersindical del Magisterio de la Educación en el estado Mérida, entregó un documento en la sede de la Inspectoría del Trabajo para exigir la firma de la III Convención Colectiva, con el fin de buscar una solución a la difícil situación salarial que confronta este sector.

En tal sentido, el profesor Carlos Gómez, presidente del Sindicato Unitario del Magisterio en el estado Mérida, señaló que se introdujo un documento el cual persigue tres objetivos fundamentales[15].

“El primero es pedir respuesta al petitorio que durante 2 años hemos hecho a esta Inspectoría de Trabajo y del cual, hasta la fecha, no hemos obtenido respuesta, referido a la firma de la III Convención Colectiva”[16].

Recordó que dicha firma no se ha dado debido a que “la ministra se paró de forma abrupta de la mesa de negociaciones y puso en un limbo la estabilidad económica de los trabajadores”[17].

Dijo que por otra parte el documento tiene como finalidad resguardar a todo el magisterio venezolano, y fundamentalmente al del estado Mérida, tomando en cuenta lo que dice el artículo 419 de la Ley Orgánica del Trabajo en relación con el fuero sindical y la estabilidad laboral[18].

Finalmente señaló que se declaran en asamblea permanente y que continuarán con las acciones sindicales necesarias hasta que se logre la firma de la III Convención Colectiva y un salario justo para el magisterio[19].

El ODH-ULA acompaña tanto al magisterio merideño como al nacional en su justo reclamo, pues es necesario que se cumpla con lo que señala tanto el artículo 91 de nuestra Constitución[20], como el artículo 98 de la Ley del Trabajo en relación con el derecho de los trabajadores a gozar de un salario suficiente que les permita vivir con dignidad[21].

Docentes exigen firma de la III Convención Colectiva

 

En Táchira un paciente con reumatismo puede gastar en terapia más de 500 dólares al mes

Eylen Camargo Duque, especialista en reumatología en el estado Táchira, señaló que dependiendo del tipo de reumatismo que sufra un paciente, este puede llegar a gastar hasta dos millones de pesos colombianos al mes para cubrir su terapia[22].

Hay que señalar que, al cambio, para el momento en que se hizo esta nota, ello representa 18.558 bolívares o 508 dólares americanos. Como se sabe, en el Táchira desde que se presentó en el país la crisis monetaria, asumieron el peso colombiano como referencia de pago y comercial.

Dijo Carmago que desde hace varios años los pacientes deben luchar con altos costos en los tratamientos de reumatismo por lo que incluso muchos han tenido que migrar para poder cumplir su tratamiento completo en otros países[23].

Uno de esos casos es el de Nelson Aguilar, un paciente diagnosticado con espondilitis anquilosante, una enfermedad crónica que le fue detectada a los 15 años.

Dijo Aguilar que si bien al principio recibió ayuda en el Seguro Social, esta fue desapareciendo y entonces se vio en la necesidad de emigrar del país, ya que algunos medicamentos son muy costosos[24].

Agregó que en algunas ocasiones no podía comprar ningun medicamento y eso hacía que le dolieran las piernas o la columna y esa situación fue lo que lo llevó a emigrar para poder recibir su tratamiento adecuadamente[25].

En este sentido, es necesario recordar el deber que tiene el gobierno nacional de proveer los recursos e insumos necesarios en nuestros centros asistenciales, a fin de garantizar el derecho a la salud establecido en el artículo 83 de nuestra Constitución nacional[26].

 

 

[1] Diario Los Andes. Mariana Duque 06/06/202. Táchira/ Barrio El Paraiso entre grietas, colapso de cloacas y abandono gubernamental. https://diariodelosandes.com/tachira-barrio-el-paraiso-entre-grietas-colapso-de-cloacas-y-abandono-gubernamental/

[2] Ídem.

[3] Ídem.

[4] Ídem.

[5] Ídem.

[6] Ídem.

[7] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Capítulo V – De los Derechos Sociales y de las Familias Artículo 75. https://venezuela.justia.com/federales/constitucion-de-la-republica-bolivariana-de-venezuela/titulo-iii/capitulo-v/#:~:text=Art%C3%ADculo%2082%20Toda%20persona%20tiene,relaciones%20familiares%2C%20vecinales%20y%20comunitarias.

[8] Entrevista vía whatsApp al profesor Robert Lobatón, Dir. Escuela de Farmacia de la Fac. de Farmacia y Bioanálisis de la ULA

[9] Ídem.

[10] Ídem.

[11] Ídem.

[12] Ídem.

[13] Ídem.

[14] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Capítulo VI – De los Derechos Culturales y Educativos Artículo 103 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. Acceso a la Justicia. Derecho a la Educación. https://venezuela.justia.com/federales/constitucion-de-la-republica-bolivariana-de-venezuela/titulo-iii/capitulo-vi/#:~:text=Art%C3%ADculo%20103%20Toda%20persona%20tiene,hasta%20el%20nivel%20medio%20diversificado

[15] Quintero, Jesús  (5 de junio del 2024). Magisterio en Mérida continúa lucha sindical por la estabilidad económica de los educadores. Lapatilla.com.https://gitx.awsccs2.com/2024/06/05/magisterio-en-merida-continua-lucha-sindical-por-la-estabilidad-economica-de-los-educadores/

[16] Ídem.

[17] Ídem.

[18] Ídem.

[19] Ídem.

[20] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 91. Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. https://www.oas.org/dil/esp/constitucion_venezuela.pdf

[21] Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Artículo 98. Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades materiales, sociales e intelectuales. El salario goza de la protección especial del Estado y constituye un crédito laboral de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses. https://www.inces.gob.ve/wp-content/uploads/2017/10/lot.pdf

[22] Marlyn Pernía (5 de junio del 2024). Paciente con reumatismo gasta dos millones de pesos en tratamiento. La Prensa del Táchira. https://laprensatachira.com/nota/40963/2024/06/paciente-con-reumatismo-gasta-2-millones-de-pesos-en-tratamiento

[23] Ídem.

[24] Ídem.

[25] Ídem.

[26] Artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios”. https://venezuela.justia.com/federales/constitucion-de-la-republica-bolivariana-de-venezuela/titulo-iii/capitulo-v/#:~:text=Art%C3%ADculo%2083%20La%20salud%20es,el%20acceso%20a%20los%20servicios.