Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 247

Del 17 al 23 de junio del 2024.  

 

Coalición Sindical de Educación del Táchira denuncia violación de la estabilidad docente

La Coalición Sindical de Educación del estado Táchira denunció, el pasado 19 de junio del 2004, la violación de la estabilidad docente que vienen haciendo algunos directores de instituciones educativas de la región.

En ese sentido, señalaron que tres docentes, pertenecientes a la Escuela Nacional Carlos Rangel Lamus, presentaron esta denuncia de manera formal ante el sindicato. Invitaron a los demás profesionales de la educación, que se encuentren en la misma situación, a que hagan su denuncia[1].

Rafael Vargas, vocero del área de reclamos y contrato colectivo de la coalición, señaló que el director y subdirector de la institución antes mencionada, están violando la estabilidad docente al realizar traslados sin consulta previa[2].

Recordó que este tipo de decisiones van en contra del artículo 25 de la Gaceta Oficial emitida el 4 de abril del año 2024, que establece que los directores de estos centros de desarrollo no tienen la potestad para movilizar a ningún docente sin un acuerdo mutuo[3].

Posible retaliación 

El dirigente gremial señaló que están convencidos de que este tipo de acciones, contrarias a la ley, constituye una retaliación por parte de algunos directivos escolares[4].

«Creemos rotundamente que esto es una retaliación, porque la escuela Carlos Rangel Lamus fue una de las más activas en el municipio San Cristóbal en luchar y pedir que se firmaran las reivindicaciones, para tener un salario justo y suficiente para todos los docentes», denunció Vargas[5].

El ODH-ULA solicita al gobierno nacional que se cumpla con lo que establece el ya mencionado artículo 25 de la Gaceta Oficial del 4 de abril del 2024, en relación con los traslados[6], pero además con el artículo 86 de la Ley de Trabajo que habla de las garantías de permanencia en un lugar de trabajo[7].

 

Policías jubilados de Mérida reclaman pago de prestaciones sociales

El pasado miércoles 19 de junio del 2024 un grupo de policías jubilados del estado Mérida, acudieron al edificio de la gobernación de esta entidad para protestar pacíficamente en reclamo del pago de sus prestaciones sociales[8].

Los policías jubilados manifestaron a medios locales que muchos salieron jubilados desde el 2015 y hasta el momento no han recibido el pago de sus prestaciones por sus años de servicio[9].

Los manifestantes señalaron que han acudido en reiteradas oportunidades ante el gobernador del estado Mérida, Jehyson Guzmán, para solicitarle que se les pague el dinero que les adeudan por concepto de jubilación, pero no han obtenido respuesta[10].

Dinero sin valor

Agregaron los policías jubilados que el dinero va perdiendo valor producto de la devaluación constante de la moneda venezolana y con ello también pierde el valor los montos que les corresponden recibir a cada quien por su labor de años al servicio de la seguridad del estado Mérida[11].

Aseguraron que su calidad de vida se ha visto mermada y lo que perciben mensualmente como salario de jubilados no les alcanza ni para los medicamentos[12].

El ODH-ULA exhorta al gobierno regional cumplir con lo establecido en la CRBV en su artículo 92 que señala: “Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía. El salario y las prestaciones sociales son créditos laborales de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses, los cuales constituyen deudas de valor y gozarán de los mismos privilegios y garantías de la deuda principal[13]”.

 

Instituciones educativas privadas de Trujillo denunciaron limitaciones para pagar nuevos impuestos

Carlos Ojeda, representante del gremio de Institutos Educativos Privados, del Eje Metropolitano del estado Trujillo, denunció limitaciones para pagar los nuevos impuestos establecidos por el Ejecutivo municipal y nacional[14].

Ojeda afirmó que alrededor de 15 colegios privados se ven afectados, puesto que están regidos por la Superintendencia Nacional de Precios Justos mediante una estructura de costos anuales y esto solo les permite incrementar la matrícula escolar una vez al año[15].

No es posible que a estas alturas del año escolar se le pueda decir a un representante que se le va a incrementar la matrícula escolar, dijo Ojeda, cuando en septiembre de 2023 la mayoría de los colegios privados aprobaron una estructura de costos para todo el año y eso no permite pagos de nuevos compromisos[16].

Agregó que por otro lado se incrementó las tarifas de los servicios públicos, el monto por servicio de agua que se pagó en septiembre del año pasado actualmente es ocho veces mayor. ¿Cómo hacemos para pagarla si la estructura de costos de cada uno de los colegios está desfasada?  Preguntó[17].

El representante gremial aclaró que los colegios son organizaciones sin fines de lucro y 70% de sus presupuestos es para el pago de nóminas, por lo que otorgar 9% de sus ingresos al nuevo tributo del fondo de pensiones les afectará considerablemente en el pago de servicios públicos y otros gastos de funcionamiento y mantenimiento de cada institución[18].

Desde el ODH-ULA hacemos un llamado al gobierno nacional para que atienda el llamado que hacen las instituciones educativas privadas del país, en cuanto al pago del nuevo tributo de pensiones, toda vez que no cuentan con un subsidio gubernamental y operan con actividades de carácter civil y no con un fin mercantil.

 

Coalición por los Derechos Humanos en el Táchira alerta ante arremetida contra activistas políticos

Reinaldo Manrique, integrante de la Coalición por los Derechos Humanos y la Democracia en el Táchira, señaló que los miembros de esa organización están atentos ante la arremetida que ha habido en los últimos tiempos en contra de activistas políticos[19].

Dijo Manrique que están sumamente preocupados por las acciones que ha habido en los últimos días por parte del gobierno nacional en contra de activistas de distintas organizaciones políticas[20].

Recordó que cualquier persona o partido político puede dedicarse a desarrollar una campaña electoral, pues esta es una actividad a la que tienen derecho todos los venezolanos[21].

Alertó que últimamente han recibido informaciones que, si bien aún no han podido confirmar, sí los lleva a estar muy pendientes. Aseguró que algunos ciudadanos y actores políticos del Táchira les han manifestado que están siendo perseguidos[22].

Finalmente señaló que la organización que representa se ha encargado de formar y capacitar a defensores de derechos humanos en los diferentes municipios del estado, los cuales están informando periódicamente lo que sucede en los diferentes sectores[23].

Recientemente las autoridades detuvieron a cinco activistas políticos por supuestamente fomentar el odio[24]  e inhabilitaron a 8 alcaldes de Trujillo que, casualmente, han manifestado su apoyo al candidato opositor Edmundo González[25].

Desde el ODH-ULA recordamos al Estado que los derechos políticos de los venezolanos están garantizados en nuestra Constitución tanto en el artículo 40[26] como en el 67[27].

Igualmente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostiene que “es indispensable que el Estado genere las condiciones y mecanismos óptimos para que los derechos políticos puedan ejercerse de forma efectiva, respetando el principio de igualdad y no discriminación”[28].

 

[1] Luzfrandy Contreras (19 de junio del 2024). Táchira | Coalición sindical de educación denuncia acoso laboral y traslados inconsultos. Diario de Los Andes. https://diariodelosandes.com/tachira-coalicion-sindical-de-educacion-denuncia-acoso-laboral-y-traslados-inconsultos/

[2] Ídem.

[3] Ídem.

[4] Ídem.

[5] Ídem.

[6] Gaceta Oficial de Venezuela. (04 de abril del 2024). Artículo 25. Las Directoras y Directores de los Centros de Desarrollo de la Calidad Educativa Municipales y Parroquiales no podrán trasladar a otras Instituciones Educativas o dependencias al personal adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Educación a menos que sea de mutuo acuerdo, en cualquier caso deberán notificar formalmente al centro de desarrollo de la calidad educativa estadal. https://ojdt.com.ve/archivos/gacetas/2024-04/42852.pdf

[7] El artículo 86 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) conceptualiza y define la garantía de estabilidad de la siguiente forma: “Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a la garantía de permanencia en su trabajo, si no hay causas que justifiquen la terminación de la relación laboral. http://servicio.bc.uc.edu.ve/derecho/revista/idc39/art02.pdf

[8] radiofeyalegrianoticias.com, Oscar Acuña Arteaga (19 junio del 2024). Policías jubilados de Mérida tomaron la Gobernación para exigir el pago de sus prestaciones.https://www.radiofeyalegrianoticias.com/policias-jubilados-de-merida-tomaron-la-gobernacion-para-exigir-el-pago-de-sus-prestaciones/

[9] Ídem.

[10] Ídem.

[11] radiofeyalegrianoticias.com, Oscar Acuña Arteaga (19 junio del 2024). Policías jubilados de Mérida tomaron la Gobernación para exigir el pago de sus prestaciones.https://www.radiofeyalegrianoticias.com/policias-jubilados-de-merida-tomaron-la-gobernacion-para-exigir-el-pago-de-sus-prestaciones/

[12] Ídem.

[13] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Capítulo V – De los Derechos Sociales y de las Familias Artículo 75 °. https://venezuela.justia.com/federales/constitucion-de-la-republica-bolivariana-de-venezuela/titulo-iii/capitulo-v/#:~:text=Art%C3%ADculo%2092%20Todos%20los%20trabajadores,cr%C3%A9ditos%20laborales%20de%20exigibilidad%20inmediata

[14] unionradio.net,junio 17 2024,  Escuelas privadas en Trujillo aseguran que no pueden pagar nuevos impuestos. https://unionradio.net/2024/06/17/escuelas-privadas-en-trujillo-aseguran-que-no-pueden-pagar-nuevos-impuestos/

[15] Ídem.

[16] Finanzasdigital.com, Junio 18 de 2024. Aseguran que instituciones de educación privada están limitadas para cumplir compromisos fiscales. https://finanzasdigital.com/aseguran-que-instituciones-de-educacion-privada-estan-limitadas-para-cumplir-compromisos-fiscales/

[17] Ídem.

[18] Diario los Andes. Alexander Gonzales, 17 de junio de 2024. Colegios privados de Trujillo: no tenemos cómo pagar nuevos impuestos. https://diariodelosandes.com/colegios-privados-de-trujillo-no-tenemos-como-pagar-nuevos-impuestos/

[19] Zulma López (19 de junio del 2024). Coalición por los Derechos Humanos en Táchira atenta ante arremetida contra opositores. Diario de Los Andes. https://diariodelosandes.com/coalicion-por-los-derechos-humanos-en-tachira-atenta-ante-arremetida-contra-opositores/

[20] Ídem.

[21] Ídem.

[22] Ídem.

[23] Ídem.

[24] Alonso Moleiro (18 de junio del 2024). Las autoridades detienen a cinco activistas políticos en las últimas 72 horas por fomentar el odio. El País. https://elpais.com/america/2024-06-18/las-autoridades-venezolanas-detienen-a-cinco-activistas-politicos-en-las-ultimas-72-horas-por-fomentar-el-odio.html

[25] Efecto Cocuyo (19 de junio del 2024). Lista de alcaldes inhabilitados asciende a 8 en el estado Trujillo tras respaldar a Edmundo González. https://rdnvenezuela.com/lista-de-alcaldes-inhabilitados-asciende-a-8-en-el-estado-trujillo-tras-respaldar-a-edmundo-gonzalez-detalles/#google_vignette

[26] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 40. Los derechos políticos son privativos de los venezolanos y venezolanas por nacimiento, salvo las excepciones establecidas en esta Constitución. http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral/constitucion/titulo3.php#:~:text=Los%20derechos%20pol%C3%ADticos%20son%20privativos,excepciones%20establecidas%20en%20esta%20Constituci%C3%B3n.

[27] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 67. – Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de asociarse con fines políticos, mediante métodos democráticos de organización, funcionamiento y dirección. https://venezuela.justia.com/federales/constitucion-de-la-republica-bolivariana-de-venezuela/titulo-iii/capitulo-iv/

[28] Comisión Interamericana de los Derechos Humanos. Organización de Estados Americanos. (s. f.). Democracia y Derechos Humanos en Venezuela. II. Los Derechos Políticos y la Participación en la Vida Pública. https://www.cidh.org/countryrep/Venezuela2009sp/VE09CAPIISP.htm