Boletín Andino de Derechos Humanos Nº 222

Del 25 al 31 de diciembre del 2023.

Vulneraciones de los DDHH en la región andina durante el 2023

Culminado el año 2023 el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) ha querido hacer un recuento de aquellos hechos o situaciones que, en distintos ámbitos, afectaron los derechos fundamentales de la población andina venezolana.

Las áreas en las que más se presentaron situaciones de vulneración de derechos fundamentales fueron las de Salud, Educación y Servicios Públicos. A continuación, ofrecemos un resumen de las mismas.

 

Educación

Durante el 2023 se produjeron innumerables situaciones en el sector de la Educación. Una de la más visible, por su constancia y difusión mediática, fue en torno a los salarios y la pérdida paulatina de beneficios socioeconómicos de los trabajadores del sector educativo en todos sus niveles.

En el mes de mayo del 2023, según monitoreo del ODH-ULA, señalábamos que desde el 1 de enero del 2023 al 20 de mayo se habían registrado más de 226 protestas para exigir mejoras salariales[1].

La mayoría de esas protestas provenían precisamente del sector Educación, cuyos funcionarios pasaron prácticamente todo el año exigiendo la implementación de un salario digno, así como la recuperación de todos los beneficios socioeconómicos que se han ido perdiendo a lo largo de los últimos años, como la caja de ahorros y el servicio de HCM.

Pero no sólo los trabajadores se han visto perjudicados en relación con la pérdida de sus beneficios socioeconómicos, también los estudiantes universitarios han visto cómo estos fueron desapareciendo poco a poco, al punto de que prácticamente actualmente carecen de todos ellos.

Esto ha llevado a que la educación, de facto, haya dejado de ser gratuita, pues la mayoría de estudiantes tienen que hacer grandes esfuerzos económicos para continuar con sus estudios[2]. Al respecto, el Rector de la Universidad de Los Andes, profesor Mario Bonucci, denunciaba en junio del 2023, que problemas como presupuesto, salarios y providencias estudiantiles no se discutían en el CNU[3].

En nuestro Reporte Universitario del mes de abril dimos cuenta de 24 casos relacionados con violaciones al derecho a la educación y otros derechos humanos vulnerados en el ámbito universitario[4], en particular el acoso presupuestario, violaciones de la autonomía universitaria por intervención de espacios académicos, violaciones a los derechos laborales, deterioro de espacios universitarios por falta de presupuesto para su mantenimiento[5].También hubo denuncias vinculadas a agresiones e incidentes de seguridad[6]. Lamentablemente estas situaciones persisten.

En otros niveles educativos presentamos en nuestros boletines denuncias, como por ejemplo la asunción del horario mosaico en las escuelas y liceos, cuya implementación lleva a que los docentes dicten clases sólo 2 o 3 veces a la semana, lo cual va en detrimento de la calidad de la educación de nuestros jóvenes y niños[7], así como problemas de infraestructura[8], falta de personal docente[9] y servicios de comedor nulos o ineficientes, tanto para educación básica como media[10], pues en la universitaria ese servicio ya no se brinda.

El ODH-ULA recuerda al Estado Venezolano que todas estas situaciones y problemáticas en el ámbito educativo vulneran, entre otros, el artículo 98 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras[11]; así como también los artículos 102[12] y 103[13] de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, además del artículo 53 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes[14].

En ese sentido, solicitamos que tales derechos se restablezcan y tengan plena vigencia a la brevedad posible. 

 

Salud

El ámbito de la Salud fue otro en el que más se produjeron situaciones de vulneración de derechos fundamentales durante el 2023, no solamente en materia laboral y salarial, sino para las personas que por alguna situación de necesidad requieren del servicio público asistencial en salud.

Ello debido a que la mayoría de ambulatorios, además de estar en estado deplorable y sin insumos, casi ninguno cuenta con ambulancias y personal asistencial, tal como lo denunció, en junio, el concejal de Antonio Pinto Salinas, en el estado Mérida, Román Altuve[15].

Del mismo modo y a través del noticiero radial 102.7 FM habitantes de la parroquia Mucuchachí del municipio Arzobispo Chacón del estado Mérida, denunciaron las pésimas condiciones en que se encuentra el ambulatorio de esa población[16].

Esta crisis en la red ambulatoria de Mérida conduce a que colapse el principal centro hospitalario del estado Mérida, el Instituto Autónomo Hospital Universitario de Los Andes (Iahula), el cual, por ser uno de los más importantes de la zona occidental del país, atiende también a pacientes procedentes de los estados Falcón, Zulia, Táchira, Trujillo, Apure y Barinas.

Y a propósito del Iahula, en los meses de junio-julio hicimos dos entregas de un reportaje de nuestro equipo periodístico sobre la situación caótica en ese centro de salud, el cual denominamos “El mito de la gratuidad en la salud”.

En la primera parte el Dr. Akbar Fuenmayor, coordinador de la UCI Pediátrica y presidente de la Sociedad Médica del Instituto Autónomo Hospital Universitario de Los Andes, denunció situaciones como la falta de presupuesto, así como el largo tiempo que deben esperar los pacientes quirúrgicos para poder ser intervenidos, debido a queno tienen dinero para comprar los insumos para la cirugía[17].

Habló también sobre la necesidad de reparar algunos equipos que son vitales para el óptimo funcionamiento del Iahula, como por ejemplo los aparatos de cardiología, ya que la enfermedad cardiovascular es la primera causa de muerte[18].

Agregó que también es importante contar con expertos que se encarguen del mantenimiento de un aparato tan importante como lo es el Tomógrafo, pues las fluctuaciones eléctricas generan daños y quema en los aparatos[19].

Dijo igualmente que a nuestro principal centro de salud le faltan ventiladores, además de que los ductos están dañados desde hace tiempo y la infraestructura se encuentra deteriorada, lo cual produce filtraciones en casi todas las áreas. Además no hay una política de seguridad dentro del hospital, aunado a la deficiencia de personal en todas las áreas, muy especialmente en el área de enfermería[20].

En la segunda entrega de este reportaje, además de la carencia casi total de insumos para la atención del paciente, se abordó otro tema que ha sido constantemente objeto de preocupación y de vulneración de derechos humanos, como lo es la falta de personal para la atención, ya que debido a los pésimos salarios que devengan los profesionales de la salud, la gran mayoría emigra o simplemente prefiere ponerse a hacer otra labor para sobrevivir[21].

Esta situación afecta no sólo a los trabajadores del sector salud sino también a los pacientes. El problema salarial para el sector Salud lo reportamos o detectamos no sólo en la ciudad de Mérida sino también en El Vígía, específicamente con el personal que labora en el Hospital Hugo Chávez de esa ciudad, quienes protestaron el pasado mes de julio para exigir el pago del bono de alimentación y otras reivindicaciones salariales[22].

Estás mismas situaciones de faltas de insumos y de personal, de problemas de infraestructura y salariales, los documentamos en otros centros de salud de la región andina, como por ejemplo en el Hospital Central de San Cristóbal y el Hospital II de El Vigía[23].

De más está recordar al Estado venezolano que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reconoce el derecho al goce de un salario completo y suficiente (no bonificado) para los trabajadores[24], así como el derecho de los ciudadanos a recibir una salud gratuita y de calidad[25], preceptos que son vulnerados constantemente en la región andina y que, una vez más, desde el ODH-ULA solicitamos que se restablezcan prontamente.

 

Servicios Públicos

El problema de los servicios públicos en la región andina es ampliamente difundido de manera semanal en nuestros boletines, ya que en cada uno de ellos siempre hay un espacio para destacar aquellas situaciones que afectan servicios públicos vitales, como lo son los del agua, la electricidad, el internet y la gasolina.

En ese sentido, quien quiera ahondar sobre este problema, que además es ampliamente conocido y difundido en nuestra región andina, porque se trata de una problemática constante y casi sin solución, puede ingresar a cualquiera de nuestros boletines publicados durante el año, los cuales podemos encontrar precisamente en esta página web del ODH-ULA.

Sin embargo, en este recuento vamos a destacar dos episodios que, por su peculiaridad e importancia, creemos que son dignos de mencionar en nuestro resumen final del año.

El primero de ellos sucedió a finales de julio y tuvo que ver, de manera indirecta, con el problema de la escasez de gasolina, ya que dos agricultores andinos, Ysnet Rodríguez y Jhonar Barazarte, cansados de no poder distribuir sus cosechas debido a la escasez de combustible, decidieron desecharla y grabar el hecho como una manera de protesta, lo cual condujo a que, de manera arbitraria, fueran detenidos[26].

Ante esta situación, el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes introdujo una denuncia y solicitud al abogado José Rafael Bastos, defensor del Pueblo en el estado Mérida, para que interviniera por los ciudadanos detenidos y en defensa de todos los agricultores de la región andina y cumpliera con su deber de promover soluciones a la escasez de combustible[27].

Esta situación demuestra que el problema de la gasolina atenta contra otros derechos fundamentales de la ciudadanía andina, como lo son el derecho al trabajo y el derecho a la alimentación.

El segundo caso que creemos digno de destacar en nuestro recuento, tiene que ver con una situación que sucedió en el municipio Sucre del estado Trujillo y que, tal como titulamos aquella nota, es un reflejo fiel de la crisis de servicios públicos en los Andes venezolanos.

Los habitantes de dicho municipio acudieron a las autoridades para que les solucionara el problema del suministro de agua potable, ya que el vital líquido era muy deficiente en la zona, debido a problemas de electricidad en el sistema de bombeo de El Jabillo[28].

Entonces, ante la necesidad perentoria de agua en centros de salud y educativos de la zona, el alcalde del mencionado municipio, Keiver Peña, dijo contar con un camión cisterna operativo para suministrar agua, pero señaló que lamentablemente no contaba con gasolina ni gasoil, para activar tanto la bomba de achique de la cisterna, como el motor de la unidad[29].

Lo peculiar de este caso, y por eso decidimos incluirlo en nuestro recuento, es que en una misma situación se ven reflejados los 3 mayores problemas de servicios públicos que sufrimos los venezolanos y que afectan de manera importante nuestra dignidad y buen vivir, como lo son los problemas de la escasez de agua y de fallas en el servicio eléctrico, así como de  la distribución de gasolina y gasoil.

Es por eso que desde el ODH-ULA exhortamos una vez más a los entes responsables de la materia a garantizar óptimos servicios públicos y abocarse a la solución de estos, tal como está establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. En ese sentido, cabe resaltar que la expresión “servicio público” se repite en 13 artículos de la Carta Magna, entre ellos el 112, en el cual se establece la obligación del Estado de garantizar “servicios que satisfagan las necesidades de la población”[30].


[1] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 191. (Del 19 al 27 de mayo 2023). Más de 224 protestas por un salario digno. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/05/29/boletin-andino/.

[2] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 192. (Del 28 de mayo 2023 al 3 de junio.). Jóvenes en Venezuela no tienen acceso a una educación gratuita. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/06/05/boletin-andino-de-derechos-humanos-nro-192/

[3] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 197. (Del 1 al 8 de julio de 2023). Denuncia Rector de la ULA: Problemas como presupuesto, salarios y providencias estudiantiles no se discuten en el CNU. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/06/24/boletin-andino-de-derechos-humanos-numero-195/#_ftnref6

[4] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 193. (Del 03 al 10 de junio 2023). Continúa el acoso y asfixia a las universidades venezolanas. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/06/12/boletin-andino-de-derechos-humanos-nro-193/

[5] Idem.

[6] Idem.

[7] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 194. (Del 10 al 17 de junio 2023). Horario “mosaico” atenta contra el derecho a una educación de calidad. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/06/19/boletin-andino-de-derechos-humanos-nro-194/

[8] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 208. (Del 18 al 24 de septiembre del 2023). Protestas por incremento salarial y mal estado de infraestructuras marcan inicio del año escolar 2023-2024. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/09/17/protestas-inicio-ano-escolar/

[9] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 215. (Del 06 al 12 de noviembre del 2023). Estudiantes de liceo de El Vigía salen a la calle a protestar por falta de profesores. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/11/12/boletin-andino-de-derechos-humanos-no-215/

[10] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 199. (Del 17 al 23 de julio del 2023). Alcaldía del Municipio Libertador de Mérida no otorgo becas escolares y destinó los recursos para gastos de logística. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/07/23/boletin-andino-de-derechos-humanos-numero-199/

[11] Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Artículo 98. Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades materiales, sociales e intelectuales. El salario goza de la protección especial del Estado y constituye un crédito laboral de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses. https://www.inces.gob.ve/wp-content/uploads/2017/10/lot.pdf

[12] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 102: “La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. https://accesoalajusticia.org/glossary/derecho-a-la-educacion/

[13] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 103: “Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. Acesso a la Justicia. Derecho a la Educación. https://accesoalajusticia.org/glossary/derecho-a-la-educacion/

[14]  Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Artículo 53. Derecho a la educación. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho a la educación gratuita y obligatoria, garantizándoles las oportunidades y las condiciones para que tal derecho se cumpla, cercano a su residencia, aun cuando estén cumpliendo medida socioeducativa en el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Parágrafo Primero. El Estado debe crear y sostener escuelas, planteles e institutos oficiales de educación, de carácter gratuito, que cuenten con los espacios físicos, instalaciones y recursos pedagógicos para brindar una educación integral de la más alta calidad. En consecuencia, debe garantizar un presupuesto suficiente para tal fin. https://www.leyes.io/lopnna/lopnna-articulo-53

[15] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 195. (Del 17 al 24 de junio del 2023). Denuncian deplorables condiciones de ambulatorios en el estado Mérida. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/06/24/boletin-andino-de-derechos-humanos-numero-195/#_ftnref6

[16] Idem.

[17] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 196. (Del 25 de junio al 01 de julio del 2023). El mito de la gratuidad de la salud. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/07/02/boletin-andino-de-derechos-humanos-numero-196/

[18] Idem.

[19] Idem.

[20] Idem.

[21] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 197. (Del 01 al 08 de julio del 2023). Vulneran derechos humanos del paciente y del personal que labora en el Iahula. El mito de la gratuidad de la salud (2da parte). https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/07/08/boletin-andino-de-derechos-humanos-numero-197/

[22] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 197. (Del 01 al 08 de julio del 2023). Crisis en centros de salud de la región andina vulneran DDHH de trabajadores y usuarios. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/07/08/boletin-andino-de-derechos-humanos-numero-197/

[23] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 198. (Del 09 al 16 de julio del 2023). Situación de crisis es la misma en todos los hospitales andinos. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/07/15/boletin-andino-de-derechos-humanos-numero-198/

[24] Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Artículo 98. Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades materiales, sociales e intelectuales. El salario goza de la protección especial del Estado y constituye un crédito laboral de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses. https://www.inces.gob.ve/wp-content/uploads/2017/10/lot.pdf

[25] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 83. La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. https://www.oas.org/dil/esp/constitucion_venezuela.pdf

[26] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 195. (Del 17 al 24 de junio del 2023). A propósito de la detención de agricultores andinos: ¿Quién impide que se distribuyan y comercien los alimentos?. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/06/24/boletin-andino-de-derechos-humanos-numero-195/#_ftnref6

[27] @Uladdhh. (22 de junio del 2023) “Hemos denunciado ante la Defensoría del Pueblo #Mérida el impacto que tiene la escasez de combustible en los derechos humanos en la región andina. Exigimos al Defensor que intervenga por los ciudadanos y cumpla con sus deberes para promover soluciones a la escasez de combustible”. Twitter. https://twitter.com/Uladdhh/status/1672064117048238080?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Eembeddedtimeline%7Ctwterm%5Escreen-name%3AUladdhh%7Ctwcon%5Es1

[28] Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA). Boletín Andino de Derechos Humanos Nro. 195. (Del 17 al 24 de junio del 2023). El municipio Sucre del estado Trujillo: reflejo fiel de la crisis de servicios en los Andes. https://www.uladdhh.org.ve/index.php/2023/06/24/boletin-andino-de-derechos-humanos-numero-195/#_ftnref6

[29] Idem.

[30] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Capítulo VII – De los Derechos Económicos. https://venezuela.justia.com/federales/constitucion-de-la-republica-bolivariana-de-venezuela/titulo-iii/capitulo-vii/ #articulo-116