Bono de «guerra económica» es seis veces superior al mayor sueldo universitario en Venezuela

En más de dos años sin aumento, el sueldo de los universitarios ha perdido nueve veces su valor en dólares, pasando de $121,71 a apenas $14,30 para mayo de 2024

(Mérida, 26/05/2024).- La centralización del pago de los sueldos de la ULA a través del «sistema patria», que también ocurrió con todas las universidades autónomas del país desde marzo de 2021, no ha significado mejoras para los universitarios, sino un incremento de la politización y precarización económica.

Actualmente, el mayor sueldo mensual de un universitario en Venezuela —que es el que recibe un profesor titular a dedicación exclusiva— equivale a 14,30 dólares, mientras que el bono de «guerra económica» para trabajadores públicos quedó establecido en 90 dólares, luego del aumento de bonos y no de sueldos que anunció Nicolás Maduro a comienzos de este mes.

Tras más de dos años del último incremento hecho a los universitarios —en marzo de 2022—, el sueldo de este sector educativo ha perdido nueve veces su valor en dólares, pasando de $121,71 a apenas $14,30. En el año 2001, un profesor titular a dedicación exclusiva ganaba el equivalente a 2.440 dólares mensuales.

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Nómina de la ULA tiene más de tres años bajo administración del «sistema patria»

El 26 de abril de 2021 el Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes (CU-ULA) aprobó enviar la data de su nómina a la Oficina de Presupuesto del Sector Universitario (OPSU). Esto ocurrió tras el anuncio informal de este ente, vía Telegram, sobre la decisión gubernamental —contraria a la ley y la Constitución— de transferir el pago de los sueldos universitarios al sistema patria.

Mario Bonucci Rossini, rector de la ULA, informó tras la referida sesión que el CU había aprobado, bajo protesta y por razones humanitarias, enviar la data para que fuera el Estado el que pagara los sueldos a profesores y trabajadores a través del «sistema patria».

Previamente, representantes de distintos gremios de la ULA denunciaron que los montos depositados en sus cuentas nóminas no coincidían con las tablas salariales correspondientes. Algunos universitarios ni siquiera habían recibido pago alguno desde el mes de marzo, cuando la OPSU hizo el anuncio.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su artículo 109 que «las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la ley».

Asimismo, la Ley de Universidades establece en su artículo 9, numeral 4, la «autonomía económica y financiera, para organizar y administrar su patrimonio» que deben tener las universidades autónomas.

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Violación de la autonomía universitaria restringe la libertad académica

En un comunicado suscrito por universitarios y organizaciones de la sociedad civil, tras el anuncio informal e ilegal de la OPSU, se señala que la decisión del régimen contraviene el contenido de la Observación General Nº 13 al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas (PIDESC). En apartado Nº 40 se sostiene que «para el disfrute de la libertad académica es imprescindible la autonomía de las instituciones de enseñanza superior».

El PIDESC define a la autonomía universitaria como «el grado de autogobierno necesario para que sean eficaces las decisiones adoptadas por las instituciones de enseñanza superior con respecto a su labor académica, normas, gestión y actividades conexas». Ese autogobierno, continúa la referida observación, «debe ser compatible con los sistemas de fiscalización pública, especialmente en lo que respecta a la financiación estatal».

Por su parte, los Principios Interamericanos sobre Libertad Académica y Autonomía Universitaria señalan que, para garantizar la autonomía de las instituciones académicas, «la distribución de recursos no puede convertirse en una herramienta de ataque contra instituciones y grupos académicos, ni de amenaza al pensamiento crítico. El presupuesto público debe observar la proporcionalidad necesaria para que todas las instituciones de educación superior puedan desarrollar sus actividades con igual autonomía. La transparencia es un requisito indispensable para los Estados en sus gestiones presupuestarias».

Sin presupuesto ni seguridad social

Todos los años la ULA presenta su respectiva Memoria y Cuenta y su Informe de Gestión, incluso desde que el gobierno le quitó su debida competencia sobre el pago de nóminas y pese a la asfixia presupuestaria que aplica a las universidades autónomas desde 2008. Los primeros recortes presupuestarios de entonces se han convertido desde hace más de cinco años en la no asignación de recursos para necesidades básicas de la institución. Para este 2024, el presupuesto aprobado para la ULA fue de apenas 17,55 % del presupuesto solicitado.

El Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) denuncia la creciente politización y precarización del pago de sueldos de la administración pública en Venezuela, cuyo valor es cada día menor con respecto de los bonos que otorga el gobierno. Estas bonificaciones no solo tienen un carácter político y populista, sino que no inciden en los cálculos salariales de los trabajadores, cuya seguridad social es inexistente desde hace años.

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