Resumen ejecutivo
En el presente informe el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODHULA) documenta el persistente incumplimiento del Estado venezolano con su obligación de reparar a las víctimas de violaciones a los derechos humanos. En la primera sección se hace referencia al derecho a la reparación del daño ocasionado por violaciones a los derechos humanos y las medidas que implica una reparación integral, partiendo de su reconocimiento internacional a través de diversos organismos y documentos internacionales de derechos humanos, así como su reconocimiento en el ordenamiento jurídico interno de Venezuela.
En la segunda sección, se contextualizan los diversos informes en los que organismos internacionales resaltan las sistemáticas violaciones a los derechos humanos y la correlativa obligación que tiene el Estado de reparar a las víctimas. Se señala el caso de Linda Loaiza López Soto vs Venezuela, en el que la Corte Interamericana condenó al Estado a reparar integralmente a López Soto, sin embargo, el Estado ha incumplido esta obligación, como también sucede con otros casos en los que el Estado actúa en desacato y pleno desconocimiento de sus obligaciones internacionales; en ninguno de los casos asistidos por el Departamento Legal del ODHULA las víctimas han recibido reparación, reflejando un grave quebrantamiento de este derecho.
La tercera sección se refiere a la “Ley de la Comisión para la Garantía de Justicia y Reparación de las Víctimas de Delitos contra los Derechos Humanos”, su contexto, descripción y las principales fallas que contiene este instrumento para lograr un efectivo cumplimiento de la reparación a las víctimas de violaciones de sus derechos fundamentales.