(Mérida, 01/04/2022).- Luego de dos diferimientos injustificados y una excesiva dilación del debido proceso, este primero de abril se realizó la audiencia de conclusiones del juicio del preso político Steven Ricardo García Sanz. La jueza provisoria del caso, Yoyreli Mata Granados, dictaminó libertad plena por no existir ninguna prueba que lo incrimine en el asesinato de Gisella Rubilar, cometido en Mérida en marzo de 2014, en el marco de las protestas sociales realizadas ese año.
Sin embargo, los fiscales del Ministerio Público Dayana González y Franklin Rangel insistieron en solicitar a la jueza la condena de Steven García, pese a no haber presentado durante todo el juicio ninguna evidencia ni testigo que lo inculpara en ningún otro hecho punible. Tras el dictamen absolutorio de la jueza, el fiscal advenedizo Franklin Rangel intentó ejercer un efecto suspensivo sobre la sentencia, recurso jurídico que fue eliminado en la reforma del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) del 17 de septiembre de 2021.
El equipo jurídico del Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA), que representó la defensa de García, exige que estos fiscales sean sometidos a un proceso disciplinario y destituidos por mal ejercicio de sus funciones y por violar los estándares nacionales e internacionales referidos a su debida actuación, entre ellos las Directrices para la Función de los Fiscales promulgadas por la ONU en el octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana, Cuba, del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990.
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Imputación de tres delitos sin pruebas
A Steven García el Ministerio Público le imputaba tres delitos: homicidio intencional calificado con alevosía o por motivos fútiles o innobles, asociación para delinquir y obstrucción a vías públicas. La Fiscalía presentó como única prueba un acta elaborada por un funcionario del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), donde reseñaba la declaración de un testigo anónimo que acusaba a García de ser el asesino de Gisella Rubilar, una docente chilena residenciada en Mérida.
El ODH-ULA denuncia, además, que los fiscales del Ministerio Público incumplieron su propia doctrina jurídica, al acusar a García por el delito de asociación para delinquir, el cual amerita de la existencia de tres requisitos: que la estructura delictiva haya permanecido por un tiempo prolongado, que los delitos cometidos por la misma generen un poder económico suficiente para su mantenimiento y que se demuestre la existencia de una organización criminal. El Ministerio Público nunca demostró el cumplimiento de dichas exigencias. Solo consideró como prueba suficiente un presunto registro de llamadas telefónicas recibidas por García, las cuales lo vinculaban a una supuesta organización delictiva conformada para la realización de las manifestaciones sociales de 2014.
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Libertad plena por materializarse
La jueza Yoyreli Mata Granados manifestó en su sentencia absolutoria que el juez de control cometió un error en la audiencia preliminar de este caso, al no ejercer control sobre los elementos que avalaban la acusación de la Fiscalía, ya que la misma carecía de pruebas para ser llevaba a un juicio.
Steven García, pese a ser exculpado de todos los delitos que se le imputaban, aún no está en libertad. Debe esperar a que se haga el debido procedimiento administrativo en el Centro Penitenciario de la Región los Andes (CEPRA), donde permaneció privado injustamente de su libertad por seis años, dos meses y cinco días. Vale recordar que su detención arbitraria ocurrió el 26 de enero de 2016, luego de que el número dos del régimen chavista, Diosdado Cabello, lo acusara públicamente de asesino y guarimbero en su programa televisivo Con el mazo dando.
La detención arbitraria y el injusto encarcelamiento de Steven García evidencian un patrón de represalias ejercido por el Estado venezolano en contra de jóvenes que participaron en las legítimas protestas sociales para rechazar el régimen de Nicolás Maduro, realizadas durante los años 2014 y 2017. Los casos similares de Erickvaldo Márquez, Daniel Parra, Marller González y Walter Mayorga, llamados por los propios funcionarios judiciales como “casos guarimba”, son muestra de ello. El ODH-ULA exige que estos dos últimos presos políticos, cuyos juicios también han sido dilatados injustificadamente, sean puestos en libertad plena cuanto antes.
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